Desde el próximo lunes 8 de mayo y tras su aprobación en la Junta Departamental de
Canelones, entran en vigencia los Decretos Departamentales 15 y 16 referidos a
Contribución Inmobiliaria, que permitirán a la ciudadanía ponerse al día con este tributo.
Desde hace varios años la Intendencia de Canelones premia al buen pagador otorgándole
un 10% de descuento por pago contado y un 15% más por estar al día con sus tributos.
Con estos decretos, los vecinos y vecinas con deuda, podrán acceder en un futuro a la
categoría de buen pagador y sus beneficios.
Los convenios a realizarse amparados en los Decretos 15 y 16 permitirán una
Refinanciación de Deuda de Contribución Inmobiliaria con los siguientes
beneficios:
• Lo convenido por cancelación de deuda del impuesto de Contribución Inmobiliaria y
Tributos Conexos incluirá hasta la cuota inmediata anterior a la firma del convenio.
• Durante el año 2017 se podrán cancelar deudas por concepto de Contribución
Inmobiliaria Urbana, Suburbana y Tributos Conexos, con multas, sin recargos, ni
actualización por IPC, sin limitación de aforo ni cantidad de padrones, mediante la
modalidad de convenio.
• Nueva escala de entregas iniciales y plazos para convenir deudas de cualquier
tributo a excepción de patente:
5% de entrega inicial y convenio hasta en 12 meses
10% de entrega y convenio hasta en 18 meses
15% de entrega y convenio hasta en 24 meses
20% de entrega y convenio hasta el 36 meses
25% de entrega y convenio hasta en 48 meses
30% de entrega y convenio hasta en 60 meses.
Nuevas bonificaciones sobre los recargos por pago efectivo:
· Año 2017:
Deudas de hasta 2 años: 50% de bonificación.
Deudas mayores a 2 años: 40% de bonificación
· A partir del año 2018:
Deudas de hasta 2 años: 40% de bonificación.
Deudas mayores a 2 años: 30% de bonificación.
Nuevas bonificaciones sobre los recargos por pago contado con hasta 3 cheques
diferidos (30,60 y 90 días):
· Año 2017:
Deudas de hasta 2 años: 40% de bonificación.
Deudas mayores a 2 años: 30% de bonificación.
· A partir del año 2018:
Deudas de hasta 2 años: 30% de bonificación.
Deudas mayores a 2 años: 20% de bonificación.
Para los padrones cuyo valor de aforo al 31/12/2016 no supere los $500.000 se
implementará un nuevo procedimiento especial a efectos de regularizar el pago de
Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana y Tributos Conexos.
• Podrán ampararse aquellos contribuyentes titulares de un único padrón en el cual
habiten.
• El convenio comprenderá las cuotas vencidas correspondientes a la fracción del
ejercicio en que se suscribe, incluida la deuda generada en los cuatro años anteriores al
mismo, sin multas ni recargos.
• La deuda tributaria generada con anterioridad al período comprendido en el
convenio, se congelará conjuntamente con las multas y recargos, suspendiéndose
la exigibilidad de su pago.
• Cancelado el convenio y manteniendo el pago al día del ejercicio en curso, se
condonarán los 4 años más antiguos de la deuda suspendida.
• Posteriormente, por cada año abonado en tiempo y forma, se condonará el año
más antiguo de la deuda suspendida.
• Convenios en hasta en 36 cuotas iguales y consecutivas, en Unidades Indexadas
(UI) y sin entrega inicial abonando la primera cuota el mismo día en que se suscribe el
convenio.
Es importante destacar que a través de la Regularización de Deudas de
Contribución Inmobiliaria un porcentaje quedará en el territorio al que pertenece el
padrón y será volcado en proyectos de la localidad. Esta medida busca impulsar la
Ley de Descentralización, permitiendo la generación de recursos genuinos para
cada Municipio.
Las personas interesadas en este nuevo Plan de Refinanciación de Deudas, deben
dirigirse a su Municipio o llamar al teléfono 1828 interno 3, de Teleatención Ciudadana.
Canelones, entran en vigencia los Decretos Departamentales 15 y 16 referidos a
Contribución Inmobiliaria, que permitirán a la ciudadanía ponerse al día con este tributo.
Desde hace varios años la Intendencia de Canelones premia al buen pagador otorgándole
un 10% de descuento por pago contado y un 15% más por estar al día con sus tributos.
Con estos decretos, los vecinos y vecinas con deuda, podrán acceder en un futuro a la
categoría de buen pagador y sus beneficios.
Los convenios a realizarse amparados en los Decretos 15 y 16 permitirán una
Refinanciación de Deuda de Contribución Inmobiliaria con los siguientes
beneficios:
• Lo convenido por cancelación de deuda del impuesto de Contribución Inmobiliaria y
Tributos Conexos incluirá hasta la cuota inmediata anterior a la firma del convenio.
• Durante el año 2017 se podrán cancelar deudas por concepto de Contribución
Inmobiliaria Urbana, Suburbana y Tributos Conexos, con multas, sin recargos, ni
actualización por IPC, sin limitación de aforo ni cantidad de padrones, mediante la
modalidad de convenio.
• Nueva escala de entregas iniciales y plazos para convenir deudas de cualquier
tributo a excepción de patente:
5% de entrega inicial y convenio hasta en 12 meses
10% de entrega y convenio hasta en 18 meses
15% de entrega y convenio hasta en 24 meses
20% de entrega y convenio hasta el 36 meses
25% de entrega y convenio hasta en 48 meses
30% de entrega y convenio hasta en 60 meses.
Nuevas bonificaciones sobre los recargos por pago efectivo:
· Año 2017:
Deudas de hasta 2 años: 50% de bonificación.
Deudas mayores a 2 años: 40% de bonificación
· A partir del año 2018:
Deudas de hasta 2 años: 40% de bonificación.
Deudas mayores a 2 años: 30% de bonificación.
Nuevas bonificaciones sobre los recargos por pago contado con hasta 3 cheques
diferidos (30,60 y 90 días):
· Año 2017:
Deudas de hasta 2 años: 40% de bonificación.
Deudas mayores a 2 años: 30% de bonificación.
· A partir del año 2018:
Deudas de hasta 2 años: 30% de bonificación.
Deudas mayores a 2 años: 20% de bonificación.
Para los padrones cuyo valor de aforo al 31/12/2016 no supere los $500.000 se
implementará un nuevo procedimiento especial a efectos de regularizar el pago de
Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana y Tributos Conexos.
• Podrán ampararse aquellos contribuyentes titulares de un único padrón en el cual
habiten.
• El convenio comprenderá las cuotas vencidas correspondientes a la fracción del
ejercicio en que se suscribe, incluida la deuda generada en los cuatro años anteriores al
mismo, sin multas ni recargos.
• La deuda tributaria generada con anterioridad al período comprendido en el
convenio, se congelará conjuntamente con las multas y recargos, suspendiéndose
la exigibilidad de su pago.
• Cancelado el convenio y manteniendo el pago al día del ejercicio en curso, se
condonarán los 4 años más antiguos de la deuda suspendida.
• Posteriormente, por cada año abonado en tiempo y forma, se condonará el año
más antiguo de la deuda suspendida.
• Convenios en hasta en 36 cuotas iguales y consecutivas, en Unidades Indexadas
(UI) y sin entrega inicial abonando la primera cuota el mismo día en que se suscribe el
convenio.
Es importante destacar que a través de la Regularización de Deudas de
Contribución Inmobiliaria un porcentaje quedará en el territorio al que pertenece el
padrón y será volcado en proyectos de la localidad. Esta medida busca impulsar la
Ley de Descentralización, permitiendo la generación de recursos genuinos para
cada Municipio.
Las personas interesadas en este nuevo Plan de Refinanciación de Deudas, deben
dirigirse a su Municipio o llamar al teléfono 1828 interno 3, de Teleatención Ciudadana.
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